miércoles, 24 de junio de 2009

El magistrado que admitió la querella contra Garzón justificó el golpe de Estado del 36.

El magistrado que admitió la querella contra Garzón justificó el golpe de Estado del 36.

El juez Adolfo Prego de Olíver.


Ó. LÓPEZ-FONSECA – Madrid – 21/06/2009 22:00

Juez y parte. El magistrado del Tribunal Supremo Adolfo Prego de Olíver, ponente del auto que admitió a tramite la querella del sindicato ultraderechista Manos Limpias contra el juez Baltasar Garzón por investigar los crímenes del franquismo, ha intervenido en los últimos años en, al menos, dos actos públicos en los que justificó el golpe militar de 1936.

Dichos actos, celebrados el 26 de enero de 2005 y el 14 de febrero de 2007, tuvieron como escenario el Casino de Madrid, una emblemática institución privada de la capital de cuya junta directiva el propio juez Prego forma parte. En ambos, el magistrado del Supremo ejerció idéntico papel: pronunció el discurso que dio paso a sendas conferencias del escritor Pío Moa, uno de los principales representantes del revisionismo histórico que pretende justificar el “alzamiento” de julio de 1936 como la respuesta a un supuesto golpe de Estado previo realizado por el Frente Popular.

Durante sus intervenciones, Prego no sólo no escatimó elogios al polémico conferenciante “una de las cabezas mejor amuebladas y mejor ventilada de este país” sino que también hizo suyas las cuestionadas tesis que defiende Moa “se ha convertido en una demostración argumentada, documentada de una realidad que no se quería ver”. En su intervención, Prego también hizo referencia al, en su opinión, “proceso de sovietización” que supuso la llegada al poder del Frente Popular , y califició el golpe de Estado del general Franco como “contrarrevolución”, según se recoge en dos ejemplares de la propia revista interna del Casino de Madrid.
Firmante del manifiesto

Ocho meses después del segundo de estos actos, y cuando aún era vocal del Consejo del Poder Judicial (CGPJ), el magistrado Prego firmó un manifiesto contra la Ley de Memoria que apareció publicado tras la aprobación de ésta.

El manifiesto, que aún se puede consultar en el blog de Pío Moa, insistía en la idea de exculpar a los golpistas del estallido de la guerra y de achacar toda la responsabilidad al Frente Popular, integrada, según el documento firmado por Prego, por “agrupaciones marxistas radicales, estalinistas, anarquistas, racistas sabinianas, golpistas republicanas y nacionalistas catalanas, todas ellas ajenas a cualquier programa de libertad”.

Fue precisamente su apoyo a este manifiesto uno de los argumentos esgrimidos por asociaciones que defienden la memoria histórica para pedir su recusación en la causa de Manos Limpias contra el juez Garzón. Sin embargo, el alto tribunal rechazó una semana después la pretensión de estos colectivos.

Prego, que forma parte del patronato de la Fundación para la Defensa de la Nación Española (Denaes), ya había hecho alarde de su postura ante el franquismo en reuniones internas del CGPJ. En una de ellas, se opuso vehementemente a que el órgano de Gobierno de los jueces acordara reparar a los magistrados, fiscales y secretarios judiciales que sufrieron represión por haber defendido la legalidad republicana.

En otra, pidió explicaciones al entonces presidente del CGPJ, Francisco Hernando, por un curso de la Escuela de Verano del Poder Judicial en el que se debatió sobre la reparación a las víctimas de la dictadura.

Fuente: Público.es 22 de junio de 2009

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jueves, 28 de mayo de 2009

Por su 'causa general' contra el franquismo el Tribunal Supremo imputa al Juez Garzón por prevaricación.

TRIBUNALES | Por su 'causa general' contra el franquismo
El Tribunal Supremo imputa al juez Garzón por prevaricación

El juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón. | Jaime Villanueva

* La resolución adoptada por la Sala Penal del Alto Tribunal es unánime
* La querella contra el juez fue presentada por el sindicato Manos Limpias

María Peral | Madrid
Actualizado jueves 28/05/2009 10:19 horas



El juez Baltasar Garzón tendrá que afrontar en el Tribunal Supremo un proceso penal por prevaricación. La Sala Segunda ha decidido admitir a trámite una querella en la que se imputa al famoso juez estrella un delito de prevaricación "palmario, premeditado, consciente y creyéndose impune" por su actuación en el proceso que inició por la desaparición de personas durante la guerra civil y el franquismo.

La sorpresiva decisión de la Sala Penal del Supremo ha sido adoptada por su presidente. Juan Saavedra, y los magistrados Adolfo Prego, Joaquín Giménez, Francisco Monterde y Juan Ramón Berdugo. La resolución es unánime. Objeto de múltiples querellas, Garzón se había librado hasta ahora de todas ellas y en ésta, presentada el pasado 26 de enero por el sindicato Manos Limpias, contaba con un informe favorable de la Fiscalía del Supremo que, como es habitual, le exoneraba.

Sin embargo, los magistrados han estimado que los hechos relatados en la querella, en caso de confirmarse, podrían constituir un delito de prevaricación del artículo 446 del Código Penal. Este precepto castiga al juez que, a sabiendas, dicte una resolución injusta.

La querella de Manos Limpias ha sido elaborada por el letrado Jaime Alonso, el mismo que consiguió que el Pleno de la Sala Penal del Supremo condenara al ex presidente del Parlamento Vasco Juan María Atutxa por no disolver el grupo parlamentario de Batasuna tras la ilegalización del partido. En ese proceso tampoco hubo acusación del Ministerio Fiscal.

La querella que obligará a Garzón a comparecer como imputado ante el Supremo sostiene que el juez de la Audiencia Nacional montó un "artilugio jurídico" -en referencia a la causa por las desapariciones forzadas durante el franquismo- "prescindiendo total y absolutamente del procedimiento establecido, de la irretroactividad de la ley penal, de la ley de amnistía de 1977 y de sus propios actos y autos, en los que rechazó como genocidio los asesinatos de Paracuellos del Jarama". En definitiva, que montó un procedimiento "consciente de la ilegalidad e incompetencia en que incurría".
El inicio de la causa

Las diligencias previas 399/2006 del Juzgado Central de Instrucción número 5 de la Audiencia Nacional se abrieron tras la presentación de diferentes denuncias por entidades relacionadas con la recuperación de la memoria histórica. Todas las denuncias se referían a la desaparición de personas tras el inicio de la guerra civil española de 1936, personas que se encontrarían enterradas en fosas y cunetas en distintos lugares del territorio nacional.

La causa estuvo inactiva hasta agosto de 2008, cuando Garzón acuerda la práctica de mastodónticas diligencias de investigación. Entre ellas figuraba cursar oficios a distintas administraciones y entidades (Ayuntamientos, Centro Documental de la Memoria Histórica, Abadía del Valle de los Caídos, Ministerio de Defensa, Dirección General de los Registros, Archivo General de la Administración) para que informasen del número de personas desaparecidas y las identificasen. El juez acordó incluso dirigirse a la Conferencia Episcopal para que "todas y cada una de las parroquias de España" franquearan el paso a la Policía Judicial para la identificación de posibles víctimas a través de los libros de difuntos.
Perfiles de prevaricación

Todo ello lo acordó el juez en una especie de limbo competencial, ya que en ningún momento se declaró competente para instruir la causa. La desaparición forzada de personas en territorio nacional no está en el elenco de delitos que corresponde investigar y juzgar a la Audiencia Nacional.

Pero en un auto dictado el 16 de octubre de 2008, Garzón introdujo el "alzamiento nacional" como nuevo objeto del procedimiento, pese a que las denuncias -y su propia actuación hasta el momento- no se referían en absoluto a ese hecho, circunscribiéndose a las desapariciones forzadas. El juez tipificó el "alzamiento nacional" como delito contra los altos organismos de la nación y la forma de gobierno, que sí es competencia de la Audiencia Nacional, y lo declaró conexo con las desapariciones.

Además de lo anterior, lo que para el Tribunal Supremo ofrece nítidos perfiles de prevaricación es el hecho de que, en ese auto de 16 de octubre de 2008, Garzón declara "presuntos responsables" de los delitos denunciados (desapariciones forzadas) y del delito que escoge para declarar su competencia (contra los altos organismos de la nación) a personas que ya habían muerto, a sabiendas de que lo estaban: Francisco Franco, Emilio Mola, Gonzalo Queipo de Llano y el resto de los miembros de la llamada Junta de Defensa Nacional constituida el 25 de julio de 1936.

Garzón incoó un proceso penal contra personas notoriamente fallecidas, lo que, en términos indiciarios, se considera una resolución manifiestamente contraria a la ley e incompatible con cualquier método de interpretación del derecho.

El instructor del proceso contra Garzón será el magistrado Luciano Varela. El pasado febrero, Varela fue ponente de una resolución en la que el Supremo acordó enviar al Consejo General del Poder Judicial la investigación sobre el dinero cobrado por Garzón durante su estancia en Nueva York

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