domingo, 28 de marzo de 2010

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Las víctimas del franquismo piden al TC que suspenda la causa contra Garzón
Noticias EFE
Madrid, 26 mar (EFE).- Varias asociaciones para la recuperación de la Memoria Histórica que agrupan a familiares de las víctimas del franquismo han pedido al Tribunal Constitucional que suspenda la causa que se sigue contra el juez Baltasar Garzón por declararse competente para investigar los crímenes de la dictadura.
La solicitud se plantea en el recurso de amparo planteado a raíz de diversas resoluciones del Tribunal Supremo rechazando su personación en la causa contra Garzón, desestimando la recusación de varios de los magistrados de ese órgano e inadmitiendo la querella presentada contra los jueces de la Audiencia Nacional que ordenaron archivar la investigación sobre los crímenes del franquismo.
En el texto registrado en el Constitucional, al que ha tenido acceso Efe, las asociaciones justifican la necesidad de suspender la causa contra Garzón hasta que no se resuelvan esas cuestiones diciendo que la continuación de la misma sin que se les tenga como parte puede causarles "perjuicios irreparables".
Las personas represaliadas por el franquismo "se hallan directamente afectadas por la querella, ya que la misma está dirigida contra toda investigación judicial en la que se instruya, por primera vez, los muy graves delitos de que son víctimas", señala el escrito en referencia a las querellas contra Garzón de Manos Limpias, Libertad e Identidad y Falange Española de las JONS.

lunes, 22 de marzo de 2010

La desaparición forzada y los mecanismos de impunidad en España

Naciones Unidas A/HRC/13/NGO/91

Asamblea General Distr. general

26 de febrero de 2010

Español solamente

A/HRC/13/NGO/91

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La desaparición forzada y los mecanismos de impunidad en España

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Celebramos la ratificación por España de la Convención Internacional para la protección de todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas el 24 de septiembre de 2009. A pesar de ello, el proyecto de ley para la reforma del Código Penal que el Gobierno remitió a las Cortes el 13 de noviembre de 2009, no se plantea la necesidad de incorporar el delito de desaparición forzada, lo que sería necesario en cumplimiento de las obligaciones convencionales. Se debiera aprovechar esa reforma para armonizar el derecho interno conlas exigencias del derecho internacional. La desaparición forzada que no reúne los elementos de crimen de lesa humanidad –porque es llevada a cabo de manera esporádica o aislada-, no se halla aún contemplada como tal en el Código Penal, a pesar de ser un crimen de derecho internacional. El Art. 166 del Código se refiere al delito común de detención ilegal o secuestro sin razón del paradero, cuya definición está lejos de satisfacer la tipificación del derecho internacional. La desaparición forzada de personas constituye un delito permanente o continuado. Así ha sido interpretado por tribunales y otros mecanismos internacionales. No es este el entendimiento de las autoridades judiciales españolas.

La imprescriptibilidad resulta de la condición de crimen de derecho internacional que la desaparición forzada ostenta y la jerarquía de norma imperativa que tiene la prohibición de la misma. No obstante, en caso de haber plazos de prescripción, éstos solo empezarían a contar a partir del momento en que cesa el crimen, es decir, desde que se hubiera esclarecido lo sucedido, establecido la suerte de la persona desaparecida o sus restos identificados. De ahí que no se viole el principio de irretroactividad de la ley penal.

En España, no sólo no se sigue tal tendencia, sino que el proyecto de ley para la reforma del Código Penal no contempla la modificación de los artículos 131.4 y 133.2 para ampliar la imprescriptibilidad a la acción y la pena correspondientes al delito común de detención ilegal o secuestro sin razón del paradero del artículo 166 del Código Penal.

El derecho internacional consuetudinario contiene disposiciones de carácter obligatorio que prohíben que los autores de actos de desaparición forzada se beneficien de leyes de amnistía especial u otras medidas análogas que tengan por efecto exonerarlos de cualquier procedimiento o sanción penal. En base a las disposiciones de la Convención queda igualmente patente la imposibilidad de aplicación de ninguna norma de amnistía.

Pues bien, en España sigue vigente la Ley 46/1977, de Amnistía, a pesar de que es una ley preconstitucional que choca con disposiciones de la Constitución española de 1978.Esta ley infringe normas internacionales vinculantes para el Estado tanto en el momento de su promulgación como hoy en día, entre ellas, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y el Convenio Europeo de Derechos Humanos. Lo curioso es que los tribunales españoles han considerado de manera reiterada que las amnistías u otras medidas análogas, concedidas por terceros Estados para crímenes de derecho internacional, no son vinculantes y por tanto carecen de validez en España, no ocurre lo mismo en el caso de los delitos de lesa humanidad cometidos en España.

1 Las siguientes ONG sin estatuto consultivo comparten también esta declaración: la Asociación Española para el Derecho Internacional de los Derechos Humanos (AEDIDH) y la Asociación Pro Derechos Humanos de España A/HRC/13/NGO/91

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El Comité de Derechos Humanos, en sus observaciones finales al quinto informeperiódico de España, tomó nota de la decisión del Magistrado B. Garzón de examinar la cuestión de los desaparecidos en España durante la guerra civil y la posterior represión franquista (1936-1974). El Comité instó a España a tomar las medidas legislativas necesarias para garantizar el reconocimiento de la imprescriptibilidad de los crímenes de lesa humanidad por los tribunales nacionales. Asimismo expresó su preocupación por el mantenimiento en vigor de la Ley de Amnistía y señaló a la atención de España su observación general nº 20, según la cual las amnistías relativas a las violaciones graves de los derechos humanos son incompatibles con el Pacto. Así, concluyó que España debía “considerar la derogación de la Ley de Amnistía de 1977”2.

También el Comité contra la Tortura, en sus observaciones finales al quinto informe periódico de España de 19 de noviembre de 2009, recordó que "los actos de tortura, que también incluyen las desapariciones forzadas, no sean crímenes sujetos a amnistía". Por lo que el Estado debe ayudar a las familias de las víctimas a esclarecer la suerte de los desaparecidos, así como repararles e indemnizarles 3.

España rechazó el 8 de enero de 2009 las recomendaciones del Comité de Derechos Humanos al afirmar que “el Comité está descalificando una decisión respaldada por toda la sociedad española y que contribuyó a la transición a la democracia en España. (..) Además, no sólo la sociedad española sino también la opinión pública mundial es conocedora y ha respaldado siempre el proceso de transición en España que fue posible, en parte, gracias a dicha ley. Por estos motivos, el Estado español lamenta la inclusión de este punto en las observaciones del Comité, considerando que se han cometido disfunciones procesales en términos de (…) determinación de los hechos (desconocimiento del origen y significación social de la Ley de Amnistía).”

No sorprende por tanto la ausencia de voluntad política para hacer efectivo el derecho de los familiares de las víctimas a conocer el paradero de las víctimas y acceder a mecanismos efectivos de reparación. En España, la mayoría de los tribunales territoriales ha venido aplicando la Ley 46/1977, de Amnistía, la prescripción de los delitos y la irretroactividad de la norma penal para rechazar el pedido de investigar. De tal forma no sólo se perpetúan mecanismos de impunidad, sino que se está quebrantando el derecho internacional.

Por otro lado, la admisión a trámite por parte de la Sala Segunda del Tribunal Supremo de la querella por supuesta prevariación del Magistrado B. Garzón por haber iniciado en 2008 la investigación de las denuncias de familiares de víctimas de desaparición forzada durante la guerra civil y la posterior represión franquista, muestra no sólo un preocupante desconocimiento del derecho internacional (que forma parte obligada del derecho español por mandato constitucional, conforme a los Arts. 10.2, y 96 de la Constitución), sino que incide de lleno en la obligación de proteger a las víctimas e impartir justicia que intentaba abordar el juez querellado.

El Magistrado B. Garzón simplemente había cumplido con la obligación internacional que tienen todos los Estados de investigar en forma exhaustiva e imparcial toda denuncia de violación de derechos humanos, establecer los hechos, depurar responsabilidades y reparar a las víctimas. Aplicar la ley de forma respetuosa con el derecho internacional para eliminar los obstáculos internos que perpetúan la impunidad es, sin lugar a dudas, lo que debería hacer todo juez, máxime en el caso de graves violaciones a los derechos humanos por constituir crímenes internacionales.

2 CCPR/C/ESP/CO/5, de 27 de octubre de 2008, párrafo 9.

3 CAT/C/ESP/CO/5, de 9 de diciembre de 2009, párrafo 21.

A/HRC/13/NGO/91

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El 3 de febrero de 2010 el Magistrado del Tribunal Supremo que imputa a B. Garzón por prevaricación confirmó su decisión argumentando que (i) “la consideración del contexto como delito de lesa humanidad no autoriza a reavivar una responsabilidad penal ya extinguida por prescripción y por amnistía”, (ii) “es manifiestamente irrazonable ignorar la prescripción de los delitos de “detención ilegal sin dar razón del paradero de la víctima”,

(iii) “es manifiestamente contrario a Derecho no excluir la relevancia penal de los hechos denunciados por la Amnistía establecida en la ley 46/1977, de 15 de octubre”. Al defender la aplicación de la Ley de Amnistía, el Magistrado ignora derechos inderogables reconocidos por el derecho internacional y las obligaciones derivadas, por lo que compromete la responsabilidad internacional del Estado.

Recomendaciones

Consideramos que el Consejo de Derechos Humanos debiera recomendar al Gobierno de España:

1. Respetar la independencia judicial y apoyar a través de la Fiscalía General las investigaciones judiciales sobre crímenes contra la humanidad, en particular las desapariciones forzadas.

2. Derogar inmediatamente la Ley de Amnistía de 1977 y establecer una Comisión de la Verdad sobre las violaciones a los derechos humanos ocurridas durante la guerra civil y la posterior represión franquista.

3. Incluir el delito de desaparición forzada de personas en el Código Penal (Título de los “delitos contra la comunidad internacional”) y definirlo conforme al derecho internacional.

4. Asegurar la imprescriptibilidad del delito de desaparición forzada.

5. Asegurar que los tribunales puedan aplicar la imprescriptibilidad en forma retroactiva en los casos de crímenes de derecho internacional, cualquiera que sea la fecha

en que se hayan cometido.

6. Retirar la eximente de “obediencia debida” e introducir la responsabilidad penal de jefes y otros superiores; y

7. Asegurar que en materia de desaparición forzada y otros delitos o crímenes internacionales no sean aplicables inmunidades ni amnistías.



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Investigar los crímenes franquistas

INVESTIGAR LOS CRIMENES FRANQUISTAS
“Hay que ayudar a los españoles”

El abogado que representa ante la Justicia madrileña a las víctimas de la dictadura quiere replicar esa experiencia. Dice que sería una “devolución” a España por su ayuda al desarrollo de la lucha contra la impunidad de los represores argentinos.
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Por Laura Vales

Genocidio, crímenes de lesa humanidad, terrorismo de Estado, ¿qué describe cada término y qué consecuencias tiene usar uno u otro en los juicios por violaciones a los derechos humanos? Este fue el tema del debate que, el miércoles y jueves pasado, reunió a especialistas del país y del exterior en el Centro Cultural Borges. Invitados por el Centro de Estudios sobre Genocidio de la Universidad de Tres de Febrero, jueces, fiscales, querellantes y funcionarios hablaron sobre los modos de nombrar los crímenes de la dictadura. El abogado Carlos Slepoy, representante de las víctimas argentinas en las causas que se abrieron en Madrid, fue uno de los panelistas y habló con Página/12.

–Alguien dijo, en estos debates, que en los juicios a los represores la Justicia no está llamando a las cosas por su nombre. ¿Es una queja fundada?

–Se refería a las sentencias que no asumen que en la Argentina se cometió un genocidio; en ese caso, sí, la Justicia no está llamando a las cosas por su nombre. No es un problema académico; un robo y un hurto no son lo mismo, aunque se trata de la sustracción de un bien, porque en un caso hay violencia y en otro no. Un homicidio es diferente de un homicidio agravado, porque en el agravado hay alevosía.

–Pero también se aclaró que condenar por genocidio no implicaría penas mayores.

–No es un tema de mayor o menor pena. La importancia de qué calificación usar es en otro sentido: uno, es que la verdad judicial se corresponda con la verdad histórica. Para que esto suceda, la calificación adecuada del crimen cometido es fundamental, porque es lo que da conciencia de qué ocurrió. Además, al plantear que hubo un genocidio se está cuestionando la forma en que se están realizando los juicios, parcelada, con testimonios indidivuales, como si acá hubiera habido múltiples crímenes y no un plan sistemático de eliminación de personas. Ni el Poder Legislativo ni el Ejecutivo, ni la Corte Suprema hicieron una ordenación de los juicios para que guarden relación con la forma en que se cometió el plan criminal, un ordenamiento por cuerpos, por ejemplo, entonces ocurrió esta atomización. Se juzga lo que ocurrió en un centro clandestino, luego en otro, o se juzga dentro de un centro clandestino a un grupo de personas y no a otro grupo, por unas víctimas y no por otras. Esta disfuncionalidad nació de no haber asumido el tipo de crimen que se cometió, un crimen que necesitó de una planificación, de la instalación de cientos de centros clandestinos, de una forma de operatividad que nada tiene que ver con la idea de crímenes de lesa humanidad.

–¿Cuál sería la diferencia entre crímenes de lesa humanidad y genocidio?

–Los crímenes de lesa humanidad se caracterizan por ser un ataque contra la población civil. Las bombas atómicas, por ejemplo, yo entiendo que son crímenes contra la humanidad, porque son indiscriminadas, y además ataques súbitos contra la población civil. Acá no hubo un ataque, hubo una planificación sistemática para eliminar determinados grupos de la sociedad argentina. Existe una convención sobre genocidio, que en lo fundamental plantea que el propósito del genocida es la destrucción total o parcial de un grupo o grupos, a diferencia de los crímenes contra la humanidad, que son ataques generalizados o sistemáticos contra la población civil.

–Las condenas seguirían siendo por homicidio agravado o por secuestro, por las figuras del Código Penal.

-Sí, y a esas figuras se las enmarca... porque todos estos delitos estarían prescriptos, de acuerdo a la aplicación del Código Penal, pero se los considera imprescriptibles en la medida en que son crímenes contra la humanidad. Con el mismo criterio, tampoco prescribirían si se los calificara como delitos instrumentales para cometer un genocidio. Enmarcar los crímenes de la dictadura como un genocidio tendría efectos además con otra cuestión, que es la de los instigadores, cómplices y coautores civiles y económicos del exterminio. No es posible que Videla sea condenado y sus crímenes se declaren imprescriptibles y Martínez de Hoz y el resto no sean perseguidos por la Justicia, porque ellos son copartícipes del genocidio. Alguien dijo en uno de los debates, con mucho tino, que no fue Videla el que puso a Martínez de Hoz sino al revés. La convención sobre genocidio dice que no solamente serán juzgados quienes cometan directamente el crimen, sino quienes lo instiguen, sean sus cómplices o coautores. Pero mientras no se aplique, no se resolverá esencialmente ni se revertirá esta etapa post-genocida de Argentina. Lo digo en el marco de la extraordinaria importancia que tienen los juicios: Argentina hoy es una referencia ante el mundo. Pero esta sociedad ha derribado muros mucho más poderosos que los que tiene hoy enfrente y puede seguir avanzando.

–La semana pasada, en el juicio por ESMA, Donda declaró que la represión fue un tema de toda la Armada, no sólo del grupo de tareas que está siendo juzgado. ¿Ayudan estas confesiones a avanzar en ese sentido?

–Por lo menos se debería tomar nota, porque él lo hace con una actitud defensista, trata de escudarse en la generalidad, pero a la vez afirma una verdad muy grande. Yo no sé si la totalidad de la Armada es responsable, pero sí muchísimos más de los que están siendo juzgados. Y con todo lo importante que son los juicios, con todo lo que se ha conseguido, tenemos unos 600 procesados y se estima que hubo casi 500 centros clandestinos de detención, o sea que por cada centro hay sólo un represor procesado.

–Si en el 2011 asumiera un gobierno de derecha, ¿la continuidad de los juicios estaría en riesgo?

–Va a ser muy difícil que suceda eso, porque habría una respuesta del movimiento de derechos humanos, que en la Argentina es muy poderoso. Les sería muy difícil revertir el camino, aunque no imposible, claro... pero yo creo que eso se agita a veces como un fantasma, “cuidado que viene el lobo, no avancemos demasiado, no organicemos las cosas como las tenemos que organizar”. Y eso, más que precaución, es un temor que hace que uno se enroque en lo que ha conseguido por temor a perderlo, y deje de ver la propia historia. El movimiento de derechos humanos en la Argentina derribó muros que parecían infranqueables, como las leyes de punto final y obediencia debida, impulsó los juicios en el exterior, terminó con la historia de que había un juez natural, porque al principio se decía que los militares debían ser juzgados por jueces militares. A mí me parece que en algunos sectores hay una cierta conformidad con lo logrado como si dijeran ‘hasta acá llegamos’. En realidad, éste es un paso más. No diría que estamos empezando, pero nos falta un largo camino por recorrer, se pueden conseguir muchas más cosas. La tarea fundamental es revertir las consecuencias del genocidio desde todo punto de vista, y lo primero que hay que hacer es llamarlo como tal y organizar los juicios como tal.

–¿Qué va a pasar con los juicios en el exterior?

–Continúan. En Italia se han dictado algunas sentencias en ausencia, por ejemplo contra Massera. Nosotros en España tenemos pedida la extradición de 48 represores, que quedó congelada.

–¿Tendría sentido que avanzara ahora?

–Tendría sentido con varios que no están siendo procesados en la Argentina. O se los procesa acá, con las acusaciones que llegan de España, o bien se los debería extraditar. Claro, teniendo en cuenta que acá los juicios están avanzando parecería un contrasentido extraditarlos, pero es bueno que se sepa que este tipo de criminales son perseguidos internacionalmente. Entonces, aunque sea a nivel simbólico, es bueno que continúen abiertos aquellos juicios.

–Usted vive en España. ¿Qué pasó con el intento de juzgar los crímenes del franquismo?

–Baltasar Garzón intentó avanzar con los juicios y le plantearon que no podría porque la ley de amnistía que se dictó en 1977 en España dice que quedan exonerados de responsabilidad penal quienes durante el franquismo hayan cometido delitos con intencionalidad política. El avanzó sobre eso, hizo una interpretación de la ley de amnistía en el sentido de que no puede amparar crímenes contra la humanidad o genocidio, desaparición forzada de personas, etcétera, y no solamente hubo una ofensiva tremenda contra él de parte de la fiscalía, que responde al fiscal general, designado por el gobierno, quien logró la paralización de esta investigación, sino que además le abrieron un expediente por prevaricato, es decir lo acusan de haber dictado a sabiendas una resolución injusta. Es patético. Una de las cosas que quiero plantear es que la Argentina realice una devolución a España.

–¿Abrir acá una causa?

–Así como en España hubo juicios que ayudaron al desarrollo de la lucha contra la impunidad de los represores argentinos, ahora hay que ayudar a los españoles abriendo un procedimiento judicial contra los crímenes del franquismo. Yo creo que se podría.

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viernes, 5 de marzo de 2010

Informe sobre las Escuelas de la Torre de Esteban Hambrán por Daniel Serrano Recio

Informe sobre las Escuelas de la Torre de Esteban Hambrán (Toledo) por Daniel Serrano Recio ( nacido en La Torre en 1920)

Antes de 1931 no había técnicamente hablando escuelas en el pueblo de la Torre de Esteban Hambrán. Las clases se celebraban en aulas del Ayuntamiento. Había un maestro y una maestra. Estos no podían recibir a todos los niños y niñas y se vieron obligados a dividirlos en dos grupos. Así pues, unos íbamos por las mañanas y otros por las tardes.
A partir de 1931 el Estado dobló el número de maestros y maestras. Esto trajo como consecuencias que ya podíamos ir todos a la escuela la mañana y la tarde.
Estos problemas de falta de espacio escolar dio que pensar a la Junta Municipal y terminó por elaborar un proyecto de construcción de escuelas, las actuales. En colaboración con arquitectos y constructores, llegaron a establecer un presupuesto que debería ser financiado por el Estado, del cual se recabó la ayuda. Pasaron años sin que la ayuda se recibiera. Llegó 1936 y en el programa del Frente Popular constaban dos puntos principales : la construcción de escuelas y la Reforma Agraria. Estos dos puntos se cumplieron por completo en La Torre.
El Ayuntamiento recibió el importe del presupuesto aprobado, en Bonos del Estado, canjeables por metálico, encomendando al Tesorero, Eudaldo Serrano Recio, su custodia y ejecución de las obras consiguientes. Todo transcurrió en perfecto orden y a primeros de octubre del 36, al entrar en el pueblo las tropas franquistas, las obras ya estaban casi a punto de terminar.
Estas escuelas tan diligentemente construidas se inauguraron a primeros de 1937 y por nombre se les dio el del que fue Jefe de Falange, Juan Aguado, y en la actualidad siguen llamándose así. Es preciso informar de que este sujeto, como Jefe de Falange que era en 1936, consiguió el 21 de julio de 1936, fomentar la sublevación de varios vecinos del pueblo contra el Régimen Legal, ocasionando varias víctimas.
París, 2 de marzo de 2010 Daniel Serrano Recio

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AIZOÁIN RESCATA DEL OLVIDO A DIEZ PRESOS DE SAN CRISTÓBAL

Una placa ubicada en el CEMENTERIO recuerda sus nombres y procedencias.

Barricada y otros conjuntos musicales participaron en el sentido homenaje al que acudieron unas doscientas personas.

noticiasdenavarra.com/A. García Castillejo/22-02-2010



Pamplona. Una página más de la historia fue escrita ayer en el cementerio de Aizoáin. A pesar de la lluvia, el viento y el frío, alrededor de doscientas personas se acercaron hasta el camposanto para recuperar del olvido a los diez presos del Fuerte de San Cristóbal enterrados en la localidad. Algunos eran familiares de los homenajeados, que llegaron desde diferentes puntos de la geografía española con el fin de "dejar zanjada la memoria de la familia". El resto, asistían para arroparles y para no dejar que el olvido borrase de la historia a estos "diez hombres valientes" que tuvieron que soportar "la más dura represión franquista".


Durante el acto, organizado por la asociación Txinparta y el concejo de Aizoáin, se inauguró la placa ya reparada tras ser destrozada el pasado mes de agosto por miembros de Falange y Tradición que también amenazaron de muerte a un miembro de Txinparta y de la Asociación de Familiares de Fusilados de Navarra, así como a Teresa Sanz, presidenta del concejo. En ella están inscritos los nombres, apellidos y la procedencia de estos diez defensores de la libertad. A ritmo de txalaparta, diez rosas rojas fueron depositadas junto a la placa mientras se leyeron uno a uno los nombres de estos diez defensores del gobierno legal republicano.



Ernesto Carratalá, superviviente del Fuerte de San Cristóbal y compañero de "estos valientes", protagonizó uno de los momento más emotivos. "Cumplí los diecinueve años en el Fuerte, pasando el peor invierno de mi puta vida que nunca podré olvidar, como no olvidó a todos estos compañeros que han muerto antes que yo", señaló.


A sus 92 años, Carratalá vino desde Barcelona y agradeció el esfuerzo de la asociación Txinparta por enseñar a la sociedad todo lo que no ha vivido. "Yo soy historia viva, éstos tienen cada uno su pequeña historia, son unos grandes luchadores que no podremos nunca olvidar", concluyó con el puño el alto.


Por su parte, Silvia Martínez, sobrina de Silvestre Escámez narró su viaje hasta poder hacer justicia y recuperar del olvido el nombre de su tío. "Cuando se aprobó la Ley de la Memoria Histórica -señaló-, vi una salida para ayudar a mi madre a darle una respuesta a su inquietud sobre el paradero de su hermano". Tras escribir el nombre de Silvestre Escámez en un buscador de Internet descubrió que figuraba en la lista de los muertos en el Fuerte. "Ahí comencé mis andanzas y hoy dejó zanjada la memoria de mi familia", añadió. Tras su intervención, Teresa Sanz le hizo entrega de la llave del cementerio de Aizoáin.


Música contra el olvido. Además de la música de txalaparta, ofrecida por Uharteko Txalaparta Tailera, durante el acto participaron otras agrupaciones musicales. Primero lo hizo Maite Mené, cantautora que interpretó en euskera Ustekabean, dedicada a su abuelo, víctima también de la represión franquista. Por su parte, el grupo de danzas de Villava bailó el aurresku en honor a los diez homenajeados.


Barricada se encargó de poner punto final al acto interpretando en acústico cuatro canciones de su último disco, La tierra está sorda, con el que pretenden dar voz a las víctimas y represaliados de la Guerra Civil española.


Enrique El Drogas, cantante y bajo del grupo navarro, dedicó una de las canciones, Matilde Landa, a la resistencia femenina en aquella época. El conjunto también agradeció el esfuerzo de aquellas organizaciones y personas que día a día "luchan para que no se olvide lo que pasó" y terminar así con "la desmemoria histórica".


Tras los homenajes realizados en localidades como Aizoáin, Añézcar, Larragueta, Artica, Barañáin o Berriosuso, la asociación Txinparta anunció que el próximo 7 de marzo será colocada en el cementerio de Elcarte otra placa para mantener en la memoria a los presos de San Cristóbal enterrados en esa localidad.

VUELVEN A CASA DESPUÉS DE 70 AÑOS

Las familias de Alfonso de la Morena y Feliciano Alcalde cumplirán de esta forma «un sueño» al poder enterrar a «los abuelos» en el cementerio de su pueblo natal después de 70 años.

La Tribuna de Ciudad Real/P. Velasco/03-03-2010

Vuelven a casa después de 70 años y con su regreso, las familias de Alfonso de la Morena y Feliciano Alcalde cumplen «un sueño» y realizan ese «reconocimiento público» que sus abuelos se merecían después de «aguantar insultos y muchas mentiras» durante todos estos años. «Los abuelos» fueron detenidos en Aldea del Rey en noviembre de 1939 «por ser sindicalistas» y «ejercer el cargo de concejal» en el Ayuntamiento. Julián de la Morena, uno de los nietos de Alfonso, explica a La Tribuna como, tras pasar unos meses en Almodóvar del Campo, fueron llevados en tren hasta la cárcel de Valdeceneba (Burgos). Allí, su abuelo, que había sido condenado a 30 años de prisión, al igual que Alcalde, falleció el 18 de agosto de 1940.

Hace ocho años, sus familiares, encabezados por Julián de la Morena y Ángel Moya, comenzaron un arduo trabajo de investigación que culminará este domingo, cuando los restos de los dos represaliados descansarán «por fin» en el cementerio de su localidad natal.

El sábado viajarán a Madrid, donde, junto a otras trece familias, podrán recoger los cuerpos identificados de los represaliados después de recuperar sus restos de una fosa común localizada en el pueblo burgalés en 2007 y donde se calcula que había medio centenar de ciudadrealeños. Estos estudios de ADN se han alargado durante un año y medio, pero para De la Morena han merecido la pena, «porque ahora ya no están por ahí perdidos, ya no son desaparecidos».

El domingo, la iglesia parroquial de San Jorge acogerá una misa por los dos abuelos para después trasladar sus restos al cementerio. «Es algo grandioso para la familia, porque toda esa inquietud de estos años culmina con este acto tan emotivo y con poder retornar su cuerpo a la tierra de donde nunca debió salir, para recibir sepultura junto a mi abuela y mis tíos, donde va a permanecer ya para siempre», comenta emocionado Julián de la Morena, quien añade: «Son sus restos y los podemos honrar».

Para las familias, el haber conseguido la identificación de sus abuelos es «todo un acontecimiento después de un trabajo tan costoso, tantos insultos, incluso de pedir que nos calláramos», manifiesta. De la Morena ya consiguió el año pasado otro de los objetivos con los que inició esta dura batalla por recupera el nombre de su abuelo: la declaración de reparación moral por parte del Estado.

De la Morena quiere que su ejemplo sirva para las demás familias. «Se calcula que hay 160.000 ó 170.000 personas enterrada en fosas comunes en medio del campo. Yo les animo a que lo intenten, a que luchan por dar a sus familiares esa dignidad y esa honra que se merecen», dice. También hace un llamamiento a las autoridades, «que son las más perezosas en este asunto, para que dediquen más esfuerzos a su búsqueda».

Los casos de Alfonso y Feliciano no fueron los únicos de la provincia. Junto a ellos, otros seis ciudadrealeños han sido identificados entre los restos encontrados en la fosa común de Valdenoceda. Montiel, Daimiel, Corral, Fuencaliente y Torralba de Calatrava son los otros lugares de procedencia de los represaliados. Sus familiares también podrán recoger este sábado los cuerpos de sus antepasados y llevarlos de nuevo al lugar del que fueron «arrancados» o no. Esa es un paso que, de momento, sólo las familias de Aldea se han atrevido a dar «porque no consiste en abrir las heridas, al contrario, se están cerrando».

Garzón pide al Poder Judicial que no le suspenda en sus funciones alegando enemistad manifiesta.

Garzón pide al Poder Judicial que no le suspenda y recusa a tres vocales
El juez de la Audiencia Nacional alega la amistad de Camps con el vicepresidente del Consejo
EL PAÍS - Madrid - 05/03/2010



El juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón ha pedido en su escrito de alegaciones al Poder Judicial que no le suspenda de sus funciones por las tres causas contra él que estudia el Tribunal Supremo. Además, ha pedido la abstención en las deliberaciones de tres de los vocales del Consejo por las relaciones que tienen con alguno de los interesados y por "enemistad manifiesta" con él mismo, informa Manuel Altozano.




En concreto, Garzón pide la abstención del vicepresidente del Consejo, Fernando de Rosa, porque, en su opinión, ha cuestionado "continuamente" su labor instructora, lo que "le priva de objetividad de juicio" para decidir sobre la suspensión. Además, alega que Rosa tiene "amistad íntima" con uno de los interesados en la causa, el presidente de la Generalitat valenciana, Francisco Camps, de quien dijo que era "totalmente honorable". Asimismo, Garzón asegura que existe "relación de servicio" entre ambos pues Rosa fue consejero de Justicia en el gobierno valenciano.

Por otro lado, Garzón solicita la abstención de la juez Gema Gallego ya que, según ha alegado, tiene enemistad manifiesta durante su labor como vocal de la Comisión Disciplinaria del Consejo. El magistrado extiende la petición a Margarita Robles para lo que alega enemistad manifiesta y recuerda que coincidió con ella en funciones públicas. Ambos fueron secretarios de Estado cuando Juan Alberto Belloch ostentaba el ministerio de Justicia e Interior.

Razones contra la suspensión

En cuanto a los motivos que Garzón alega para evitar su suspensión, el magistrado asegura en su escrito que no existe riesgo de daño para la administración de Justicia en caso de que se acuerde su continuidad. Por el contrario, asegura que su "perturbaría de una forma extremadamente grave a los magistrados que en la actualidad están tramitando aquellas mismas causas por cuya tramitación" se ve imputado.

Garzón recuerda que todas las querellas que el Supremo ha admitido contra él lo han sido en contra de la opinión jurídica del fiscal "que no advierte delito en mi comportamiento". Además, el magistrado insiste en que el fiscal "ha presentado recurso de súplica contra el auto de la admisión a trámite de la querella". Asimismo, el juez informa de que la Fiscalía "ha manifestado su oposición a que el Consejo acuerde" su suspensión porque si lo hiciera sería "efectivamente contraria a las garantías de independencia e inamovilidad de los jueces".

El magistrado recuerda en su escrito que las querellas que se han presentado contra él "se refieren a hechos de los cuales este Consejo ya ha conocido por vía de inspección sin que se haya observado en ninguno de los casos la más leve irregularidad disciplinaria ni por supuesto deducir testimonio".

Mención especial a la Gürtel

Garzón hace especial mención a la querella presentada contra él por haber ordenado grabar las conversaciones que algunos de los imputados de la trama Gürtel con sus abogados.

Al respecto, Garzón recuerda que sus resoluciones "cuentan con el aval de la Fiscalía, en particular la del Tribunal Supremo" y que "fueron refrendadas" por un auto del magistrado instructor del caso en el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Antonio Pedreira, como "conformes a derecho".

El magistrado recuerda que en este momento la Sala de lo Penal del TSJ debe decidir "en una situación delicada la confirmación o revocación de mis decisiones y las del instructor actual" que las ha ratificado. Y continúa: "Esta nueva realidad creada extramuros del proceso penal puede incidir en forma decisiva sobre la libertad de valoración e interpretación de las normas jurídicas de los magistrados que han de resolver la cuestión, bajo el riesgo latente de recibir la misma sanción y castigo que yo

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