miércoles, 12 de diciembre de 2007

PUIG ANTICH

Estado Español - Memoria histórica
El Supremo deniega a la familia de Antich la autorización para que revise la sentencia
El Alto Tribunal dice que no hay nuevas pruebas para calificar de errónea la condena a muerte del joven anarquista ejecutado en 1974
Memoria històrica (Efe) [18.07.2007 09:10] -

El Tribunal Supremo cree que "no existen nuevos elementos probatorios indubitados que puedan ser considerados suficientes para calificar como evidentemente erróneo" el fallo de la sentencia del Consejo de Guerra por la que el anarquista Salvador Puig Antich fue condenado a muerte y ejecutado en 1974.

Así se indica en un auto de la sala de lo militar del TS, en el que se deniega, por segunda vez, a los familiares de Puig Antich la autorización para interponer un recurso de revisión de dicha sentencia.

En la resolución notificada hoy, después de anunciarse el fallo el pasado 13 de junio, el Alto Tribunal indica que "tampoco en esta segunda ocasión (...) la Sala considera que se hayan aportado nuevos hechos o pruebas a ellos conducentes, distintas de las que ya conoció y enjuició el Tribunal sentenciador, con lo que quiebra en su misma base la acción revisora".

El auto cuenta con dos votos particulares discrepantes de los magistrados José Luis Calvo Cabello y Angel Juanes Peces, quienes sostienen que sí han quedado acreditados hechos nuevos.

Ajusticiado con el garrote vil

El barcelonés Puig Antich, un joven anarquista del Moviment Iberic Llibertari (MIL), fue ajusticiado por el método del garrote vil el 2 de marzo de 1974, tras ser condenado como autor de la muerte a tiros del subinspector de policía Francisco Anguas cuando supuestamente iba a detenerle por su presunta participación en el atraco a un banco de Barcelona.

La tesis que sostienen las hermanas del anarquista es que los disparos que mataron al policía el 25 de septiembre de 1973 no fueron efectuados por Puig Antich y que la muerte se produjo durante un tiroteo en el participaron otros miembros de las Fuerzas de Seguridad.

Las hermanas propusieron una prueba de reconstrucción infográfica del crimen imputado al joven que fue llevada a cabo por el TS el pasado 27 de abril, la cual, según el Supremo, no es una prueba nueva, ya que en la vista celebrada en 1974 "ya se utilizó un croquis o descripción de las acciones y posibles movimientos, siendo nuevo únicamente el soporte informático".

Respecto a las declaraciones de los doctores Ramón Barjau y Joaquín Latorre Martí, quienes aseguran que el cuerpo del agente presentaba al menos cinco orificios por impacto de bala y no tres como dice el informe oficial de la autopsia, la sentencia señala que de ellas "no se desprenden certidumbres plenas que puedan ser caracterizadas como nueva prueba determinante de un nuevo hecho".

Etiquetas: , , ,

0 comentarios:

Publicar un comentario

Suscribirse a Enviar comentarios [Atom]

<< Inicio